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En una decisión que sienta un precedente crucial para la justicia con perspectiva de género, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut ha revocado la absolución de un hombre acusado de abuso sexual con acceso carnal.
La controversia surgió a raíz de la inexplicable interpretación de una jueza, quien había considerado que un simple abrazo de la víctima al acusado era un indicio de consentimiento, a pesar de las pruebas periciales que acreditaban lesiones y secuelas psicológicas en la joven.
El STJ fue sido contundente: no solo rechazó el sobreseimiento, sino que ordenó una nueva audiencia preliminar con otro magistrado, para que el caso avance a un juicio por jurados. Esta resolución del máximo tribunal provincial llega como un llamado de atención ante decisiones judiciales que ignoran la complejidad y la perspectiva de género en casos de violencia sexual.
Los hechos que originaron esta polémica ocurrieron en diciembre de 2023. Una joven denunció haber sido agredida sexualmente por un conocido en una playa de Puerto Madryn. Inmediatamente después del presunto abuso, la víctima recibió asistencia, y los peritajes médicos y psicológicos confirmaron la existencia de lesiones compatibles con abuso sexual y claras secuelas del evento denunciado.
A pesar de estas pruebas irrefutables, en la audiencia preliminar de 2024, la jueza Stella Maris Eizmendi decidió absolver al imputado, quien había sido detenido el mismo día del supuesto ataque. La magistrada fundamentó su decisión en "una interpretación de los hechos que incluía, entre otros puntos, que existió consentimiento por parte de la víctima, al considerar como indicio el hecho de que la joven abrazó al acusado previamente", según detalló el Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn.
Sin embargo, la fiscal Anya Pucheta, de la agencia de género de la Fiscalía, apeló esta decisión, argumentando que se había realizado una interpretación parcial y sesgada de las pruebas, y que el caso debía ser evaluado por un jurado popular.
El STJ, por unanimidad, le dio la razón a la Fiscalía, sosteniendo que la jueza Eizmendi "excedió su competencia funcional". Los jueces superiores no solo rechazaron el planteo de la defensa sobre un supuesto "error de tipo", sino que ordenaron retrotraer el proceso para una nueva audiencia preliminar con un juez diferente, que garantice la realización de un juicio por jurados.
Este caso no es un hecho aislado en Chubut. Recientemente, se conoció otro controvertido fallo por presunto abuso sexual que también fue anulado por el STJ, tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En 2018, las juezas Patricia Reyes, Marcela Pérez y Patricia Asaro habían absuelto a un imputado basándose en el insólito argumento de la defensa de que era "imposible" que el hombre hubiera violado a su exmujer, porque la supuesta víctima era "obesa".
En sus alegatos, la defensora pública María Angélica Leyba llegó a poner en duda la capacidad del acusado para forzar a la mujer, aludiendo a su condición física para "sacarle una calza". A pesar de que las juezas reconocieron la credibilidad del testimonio de la víctima y la existencia de lesiones compatibles con acceso sexual violento, optaron por absolver al imputado bajo el "beneficio de la duda".
La Fiscalía apeló de inmediato, cuestionando la flagrante falta de perspectiva de género en el análisis del caso. El recurso escaló hasta la Corte Suprema, que finalmente le dio la razón a la acusación. Ante esta resolución, el STJ ordenó un juicio por jurados contra el denunciado.
Los magistrados del Superior Tribunal fueron contundentes al señalar que la absolución presentaba "deficiencias tanto en su fundamentación lógica como jurídica, comprometiendo el acceso a la justicia de la víctima". Además, resaltaron la obligatoriedad de los órganos judiciales de adoptar un enfoque de género, advirtiendo que "la omisión de dicho enfoque no constituye una mera falencia técnica, sino la vulneración del derecho de acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia".
Estas anulaciones de fallos recalcan la urgente necesidad de una formación rigurosa en perspectiva de género en el sistema judicial, para asegurar que la justicia sea verdaderamente accesible y equitativa para todas las víctimas de violencia.