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A lo largo de tres años se duplicó la cantidad de servicios públicos que realizan interrupciones voluntarias (IVE) y legales (ILE) del embarazo, pero las modificaciones a leyes propuestas podrían obstaculizar que esto continue, advirtieron integrantes del Proyecto Mirar, en vísperas del aniversario de la sanción de la ley el 30 de diciembre de 2020.
A lo largo de tres años se duplicó la cantidad de servicios públicos que realizan interrupciones voluntarias (IVE) y legales (ILE) del embarazo, pero las modificaciones a leyes propuestas por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 y el proyecto de "Ley ómnibus" sugieren "un intento de retorno a estructuras más autoritarias y restrictivas", advirtieron integrantes del Proyecto Mirar, en vísperas del aniversario de la sanción de la ley IVE el 30 de diciembre de 2020.
"Estos cambios
sugieren un intento de retorno a estructuras más autoritarias y restrictivas en
la toma de decisiones de las personas, sobre su salud reproductiva, una parte
vital de cualquier biografía", señaló, en diálogo con Télam, Agustina Ramón
Michel, abogada, investigadora del Centro de Estudios de Sociedad y Estado
(Cedes) e integrante del Proyecto Mirar que monitorea la implementación de la
Ley 27.610 de interrupción legal y voluntaria del embarazo en el país.
El Proyecto Mirar
monitorea la implementación de la Ley 27.610 de interrupción legal y voluntaria
del embarazo en el país
Desde el 2020, el
aborto "se incorporó como una práctica en centros de atención primaria de
la salud y en hospitales en todas las provincias" y se duplicó la cantidad
de servicios públicos que realizan interrupciones voluntarias y legales del
embarazo, indicó el reciente informe "Es mucho más que un aborto" del
Proyecto Mirar.
Además, entre el 2021
y el primer semestre de 2023 se distribuyeron 240.540 insumos para la interrupción
del embarazo y las muertes maternas se redujeron de 23 a 13 entre 2020 y 2021,
de acuerdo a datos del Ministerio de Salud.
Sobre la distribución
de estos insumos, Ramón Michel consideró que "parece haber sido un caso
exitoso de colaboración entre el Gobierno nacional y los gobiernos
provinciales".
"El sistema de
salud de cada provincia se encarga de organizar sus servicios y asegurar el
acceso a esta práctica, mientras que el gobierno nacional contribuye
suministrando los insumos necesarios para garantizar su seguridad y calidad,
además de capacitaciones y asesoramiento técnico cuando fuera requerido",
explicó.
MIFEPRISTONA Y
MISOPROSTOL
La mifepristona es un
compuesto cuyo principal uso es, en combinación con el misoprostol, la
interrupción del embarazo, y ambos medicamentos figuran en la "Lista de
medicamentos esenciales" de la Organización Mundial de la Salud (OMS)
desde el 2005 y conforman el régimen más eficaz y seguro de aborto con
medicamentos.
Hasta ahora, la
distribución del misoprostol se encuentra garantizada en todo el país a partir
de la producción pública que realiza el Laboratorio Industrial Farmacéutico
(LIF) de Santa Fe que se distribuye a través del programa nacional Remediar, el
cual brinda acceso y cobertura de medicamentos esenciales a través de su
distribución directa a los centros de salud.
Además, el laboratorio
estatal Profarse produce este medicamento para la provincia de Río Negro.
En tanto, la
mifepristona es producida por el LIF para la provincia de Santa Fe y en 2022 el
Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires firmó un convenio con la
Universidad de la Plata para su producción.
Entre el 2021 y el
primer semestre de 2023 se distribuyeron 240.540 insumos para la interrupción
del embarazo y las muertes maternas se redujeron de 23 a 13 entre 2020 y 2021,
de acuerdo a datos del Ministerio de Salud
"El DNU 70/23, al
dejar sin efecto la Ley 27.113 de promoción de la actividad de los laboratorios
de producción pública, podría impactar indirectamente en la producción y
distribución de misoprostol y mifepristona", indicó la abogada e investigadora,
aunque recordó que "estos medicamentos son actualmente fabricados y
comercializados por diversos laboratorios, tanto públicos como privados,
nacionales y extranjeros".
También aclaró que
"los laboratorios públicos provinciales, como el LIF de Santa Fe, fueron establecidos
mediante leyes provinciales, lo que significa que no podrían ser eliminados por
una Ley nacional", pero "podrían enfrentar desafíos como la falta de
incentivos fiscales u otros tipos de apoyo político que antes respaldaban su
labor".
Además observó que
"el DNU podría interpretarse como una señal de desinterés hacia los
laboratorios públicos, lo que podría llevar a que estos laboratorios dependan
más de los esfuerzos y la voluntad de las provincias para mantener su
funcionamiento", mientras "podría exigir un reajuste del propio
laboratorio en sus estrategias y operaciones para adaptarse a esta nueva
situación legal y política".
Por otra parte, el
proyecto de "Ley ómnibus" presentado este martes por el Gobierno
propone modificaciones a la Ley 27.611 de Atención y Cuidado Integral de la
Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia, conocida como de los 1.000
Días.
Entre ellas, elimina
la nominación "personas gestantes" -presente en el original- y la
modifica por "madres embarazadas", al tiempo que hace mención en
reiteradas oportunidades a "niños desde la concepción".
"El 'niño por
nacer' es el nombre de la batalla ideológica de quienes quieren reinstaurar la
penalización de las mujeres y obligarlas a aceptar que sean otros (jueces,
políticos, médicas) los que decidan por ellas. Un discurso de la libertad muy
tramposo", subrayó la letrada.
La "Ley
ómnibus" propone modificaciones a la Ley 27.611 de Atención y Cuidado
Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia, conocida como
de los 1.000 Días
El proyecto de Ley
también elimina las menciones que la original hacía al "respeto
irrestricto del interés superior del niño y de la niña y del principio de
autonomía progresiva" y a la "autonomía de las mujeres y otras
personas gestantes".
"La eliminación
del principio de autonomía progresiva de los adolescentes equivale a decir que
en vez de la adolescente acompañada, sea una médica, un progenitor o una
trabajadora social la que decida en nombre de la adolescente si continuar o
interrumpir su embarazo. Pero será luego esa adolescente la que tendrá que
seguir con su vida, tomando decenas de decisiones por día", indicó la
investigadora.
Sin embargo advirtió
que "es una eliminación de dudoso efecto, pues se trata de un principio
constitucional, y una constitución no se reforma por DNU".
"Aunque legalmente estos cambios no alteran el estatus del aborto, sí podrían crear un entorno en el que algunos profesionales de la salud puedan sentirse habilitados para comportarse de manera arbitraria, violenta o limitar las opciones de las pacientes, lo que podría representar un desafío social y ético en el acceso a servicios de interrupción del embarazo", concluyó Ramón Michel.
Fuente: Télam