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El Procurador General de Chubut, Jorge Miquelarena aprobó un protocolo de trabajo para casos de violencia contra la mujer en el contexto del Covid-19. Consta de nueve apartados que detallan el esquema de trabajo de los distintos actores, quienes deben priorizar la atención de la salud de la víctima de violencia física y psicológica.
Como consecuencia del aumento de casos de violencia contra la mujer en el contexto de la pandemia global generada por el coronavirus, el procurador resolvió aprobar el protocolo para casos de violencia contra la mujer.
Previo a
ello, Miquelarena mantuvo una reunión con integrantes del Ministerio Público
Fiscal, quienes atienden en forma cotidiana la problemática y el ministerio de
Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud. El protocolo de actuación “hace
de guía de trabajo mientras se mantengan las circunstancias imperantes”.
En el marco
del aislamiento social obligatorio y en la emergencia existente por la pandemia,
deben adoptarse acciones particulares para atender la problemática de una
manera más eficaz, señala el documento que consta de nueve apartados donde se
detalla el esquema de actuación que deben cumplir los profesionales y
funcionarios intervinientes.
Se debe
intentar que las medidas de prevención adoptadas no dificulten el acceso de las
víctimas a la Justicia. Se busca la celeridad de atención y la inmediación en
las relaciones con la víctima.
Respecto al
acceso a la Justicia, el Poder Ejecutivo debe garantizar distintos aspectos como la cantidad de personal en las comisarías de la Mujer de la
provincia, la especialización y capacitación del personal, equipamiento mínimo
necesario (móviles, equipamiento informático, insumos), y un plan integral a
los efectos de mantener los objetivos.
El tercer capítulo
del protocolo puntualiza el trabajo del Ministerio Público Fiscal en el que debe
priorizar las comunicaciones telefónicas y por medios electrónicos para evitar
la utilización del papel y las notificaciones escritas, “así como utilizar
recursos policiales para cumplir con notificaciones”.
En casos de delitos
(lesiones o amenazas) se requiere intervención urgente y se solicitará a la Oficina
Judicial la realización de la audiencia de formalización por la vía de la videoconferencia.
El cuarto
apartado instruye sobre las relaciones con la Justicia de Familia y Juzgado de
Paz, donde la Fiscalía articula las medidas urgentes tendientes a la exclusión
del hogar o medidas cautelares (restricción o prohibición de acercamiento).
En las localidades
del interior de la provincia se deben priorizar las relaciones con la Justicia
de Paz de “manera fluida y permanente”, y cumplir con el seguimiento del
cumplimiento de esas medidas, y actuar en caso de desobediencia.
El Ministerio Público Fiscal amplía a través de su página
web la posibilidad de efectuar denuncias por correo electrónico, “el teléfono
de guardia de la Fiscalía funciona las 24 horas con comunicación permanente con
las comisarías de la Mujer y eventualmente el Juzgado de Familia”.
Se podrá facilitar
un número por Oficina Fiscal que pueda ser utilizado con el sistema de WhatSapp
para que la víctima pueda tomar contacto directo y recibir asesoramiento.
También ya
se trabaja en una aplicación para teléfonos celulares que cumpla funciones de
facilitar el acceso (telefónico, botón antipánico, botón para efectuar
denuncias y un botón de ayuda para solicitar asistencia).
En otro capítulo
se subraya la realización de campañas de concientización contra la violencia de
género, ampliar la publicidad en los medios de las distintas vías de acceso a
la Justicia.
En el siguiente
apartado se describe los diversos medios para constatar las lesiones, la
actuación del Cuerpo Médico Forense, médicos policiales, constataciones
fotográficas y la intervención de la medicina hospitalaria.
“La prioridad
es la atención de la salud de la víctima de violencia, tanto física como psicológica,
minimizando la victimización”. Para ello, se necesita revelar los médicos policiales por
localidad “asegurando que en cada ciudad haya un médico policial que cubra el
turno”.
Se propiciará
la capacitación de esos profesionales por parte del Ministerio Publico Fiscal y
un esquema de trabajo similar en las guardias con el ministerio de Salud “sobre
todo en los hospitales rurales y localidades donde no existe médico policial ni
cuerpo médico forense que pueda atender la necesidad. No se debe dejar de tener
presente que el Estado es el único, que brinda un servicio público a la
comunidad”.
El octavo punto
del protocolo describe la intervención de Servicio de Asistencia a la Víctima
del Delito (SAVD) y la contención que se brindará vía telefónica o con videoconferencia
con la víctima. “En casos graves, existiendo medios de seguridad, prevención e
higiene disponibles, se podrá brindar atención disponible.
Y el último punto
detalla sobre el alojamiento e insta a “elaborar un plan de escape, red de
familiares para llamar en caso de necesidad y que ayude a concientizar a las víctimas
para denunciar. Se conducirá un relevamiento de los recursos disponibles en las
distintas ciudades para alojar a las víctimas que no puedan regresar a sus
domicilios”.
El protocolo
ya fue enviado al Superior Tribunal de Justicia, al Poder Ejecutivo Provincial,
al Cuerpo Médico Forense y al Jefe de Policía, a los efectos que cada órgano le
corresponda.