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Con Sello Patagónico | VIOLENCIA DE GENERO | Jueves 30 de abril de 2020
Third slide

Crearon un protocolo para casos de violencia contra la mujer en cuarentena

El Procurador General de Chubut, Jorge Miquelarena aprobó un protocolo de trabajo para casos de violencia contra la mujer en el contexto del Covid-19. Consta de nueve apartados que detallan el esquema de trabajo de los distintos actores, quienes deben priorizar la atención de la salud de la víctima de violencia física y psicológica.


Como consecuencia del aumento de casos de violencia contra la mujer en el contexto de la pandemia global generada por el coronavirus, el procurador resolvió aprobar el protocolo para casos de violencia contra la mujer.

Previo a ello, Miquelarena mantuvo una reunión con integrantes del Ministerio Público Fiscal, quienes atienden en forma cotidiana la problemática y el ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud. El protocolo de actuación “hace de guía de trabajo mientras se mantengan las circunstancias imperantes”. 

En el marco del aislamiento social obligatorio y en la emergencia existente por la pandemia, deben adoptarse acciones particulares para atender la problemática de una manera más eficaz, señala el documento que consta de nueve apartados donde se detalla el esquema de actuación que deben cumplir los profesionales y funcionarios intervinientes.

Se debe intentar que las medidas de prevención adoptadas no dificulten el acceso de las víctimas a la Justicia. Se busca la celeridad de atención y la inmediación en las relaciones con la víctima.

Respecto al acceso a la Justicia, el Poder Ejecutivo debe garantizar distintos aspectos como la cantidad de personal en las comisarías de la Mujer de la provincia, la especialización y capacitación del personal, equipamiento mínimo necesario (móviles, equipamiento informático, insumos), y un plan integral a los efectos de mantener los objetivos.

El tercer capítulo del protocolo puntualiza el trabajo del Ministerio Público Fiscal en el que debe priorizar las comunicaciones telefónicas y por medios electrónicos para evitar la utilización del papel y las notificaciones escritas, “así como utilizar recursos policiales para cumplir con notificaciones”.

En casos de delitos (lesiones o amenazas) se requiere intervención urgente y se solicitará a la Oficina Judicial la realización de la audiencia de formalización por la vía de la videoconferencia.   

El cuarto apartado instruye sobre las relaciones con la Justicia de Familia y Juzgado de Paz, donde la Fiscalía articula las medidas urgentes tendientes a la exclusión del hogar o medidas cautelares (restricción o prohibición de acercamiento).

En las localidades del interior de la provincia se deben priorizar las relaciones con la Justicia de Paz de “manera fluida y permanente”, y cumplir con el seguimiento del cumplimiento de esas medidas, y actuar en caso de desobediencia.  

El Ministerio Público Fiscal amplía a través de su página web la posibilidad de efectuar denuncias por correo electrónico, “el teléfono de guardia de la Fiscalía funciona las 24 horas con comunicación permanente con las comisarías de la Mujer y eventualmente el Juzgado de Familia”.

Se podrá facilitar un número por Oficina Fiscal que pueda ser utilizado con el sistema de WhatSapp para que la víctima pueda tomar contacto directo y recibir asesoramiento.

También ya se trabaja en una aplicación para teléfonos celulares que cumpla funciones de facilitar el acceso (telefónico, botón antipánico, botón para efectuar denuncias y un botón de ayuda para solicitar asistencia).

En otro capítulo se subraya la realización de campañas de concientización contra la violencia de género, ampliar la publicidad en los medios de las distintas vías de acceso a la Justicia.

En el siguiente apartado se describe los diversos medios para constatar las lesiones, la actuación del Cuerpo Médico Forense, médicos policiales, constataciones fotográficas y la intervención de la medicina hospitalaria.

“La prioridad es la atención de la salud de la víctima de violencia, tanto física como psicológica, minimizando la victimización”. Para ello,  se necesita revelar los médicos policiales por localidad “asegurando que en cada ciudad haya un médico policial que cubra el turno”.

Se propiciará la capacitación de esos profesionales por parte del Ministerio Publico Fiscal y un esquema de trabajo similar en las guardias con el ministerio de Salud “sobre todo en los hospitales rurales y localidades donde no existe médico policial ni cuerpo médico forense que pueda atender la necesidad. No se debe dejar de tener presente que el Estado es el único, que brinda un servicio público a la comunidad”.

El octavo punto del protocolo describe la intervención de Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD) y la contención que se brindará vía telefónica o con videoconferencia con la víctima. “En casos graves, existiendo medios de seguridad, prevención e higiene disponibles, se podrá brindar atención disponible.

Y el último punto detalla sobre el alojamiento e insta a “elaborar un plan de escape, red de familiares para llamar en caso de necesidad y que ayude a concientizar a las víctimas para denunciar. Se conducirá un relevamiento de los recursos disponibles en las distintas ciudades para alojar a las víctimas que no puedan regresar a sus domicilios”.  

El protocolo ya fue enviado al Superior Tribunal de Justicia, al Poder Ejecutivo Provincial, al Cuerpo Médico Forense y al Jefe de Policía, a los efectos que cada órgano le corresponda.  


Mapa de servicios de atención a víctimas de violencia - Chubut

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