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La megaminería tiene consecuencias negativas sobre la salud de las poblaciones aledañas a las explotaciones, no contribuye significativamente al desarrollo económico local y puede afectar el crecimiento de otras actividades no contaminantes.
Los últimos días de diciembre, el pueblo mendocino salió a la calle contra la modificación de la Ley 7722. Esta prohíbe la utilización de cianuro, mercurio, ácido sulfúrico y otras sustancias tóxicas en explotaciones mineras y también protege el agua. Esto significó un nuevo hito en un largo proceso de conflictividad sobre la actividad minera y sus implicancias socioambientales.
El eje del debate giró en torno a un tipo particular de
explotación y no cualquier tipo de minería: la megaminería o minería metalífera
a cielo abierto. Esta, a diferencia de la minería tradicional, está prohibida
en muchos lugares del mundo por sus ya comprobados irreversibles efectos debido
al uso de tóxicos como el cianuro. En Argentina, la megaminería se practica
desde los años ‘90 y sólo siete provincias la permiten. En otras siete, la
actividad fue prohibida gracias a la resistencia de los pueblos afectados.
En un renovado intento por ampliar la frontera de estas
explotaciones, se procuró forzar su habilitación en provincias donde el rechazo
social ya había logrado plasmarse en resguardo jurídico. Sin embargo, a pesar
del freno logrado a la modificación de la ley mendocina, los intentos para
cambiar la ley y permitir la megaminería continúan en Mendoza, Chubut (ley
5001) y en todo el país (como la embestida contra la Ley Nacional de Glaciares,
que prohíbe la megaminería en zona glaciar y periglaciar).
En este contexto, circulan en medios diversos argumentos que
generan confusión y pueden favorecer una nueva avanzada de la megaminería. No
creemos que exista una intención de buscar una minería alternativa y
“sustentable”, sino de hacer pasar a la megaminería como lo que no es. Como
respuesta, hemos escrito, junto a otros científicas/os e investigadores del
CONICET y Universidades, una declaración que refuta estos argumentos y expresa
una fuerte preocupación por las consecuencias que la megaminería tiene sobre
nuestra salud y nuestros territorios.
“La megaminería ‘bien hecha’ puede no tener efectos dañinos
en el medio ambiente y la salud pública”. Falso. Las técnicas utilizadas tienen
un alto impacto socio-ambiental. Mediante la utilización de explosivos se
producen voladuras de montañas que permiten remover grandes volúmenes de roca
donde se encuentra el mineral de interés. Se aplican tratamientos químicos que
separan los minerales de la roca y los desechos se descartan en diques de cola,
extensos cuerpos de agua artificiales dónde se depositan los millones de litros
de agua con químicos tóxicos. El drenaje ácido, las filtraciones de los diques
de cola en las napas y los ríos, así como otras formas de contaminación, son
efectos comprobados, tal como sucedió con los derrames tóxicos en San Juan,
Minas Gerais (Brasil) y Mar de Cortés (México).
Esto conlleva: 1) La degradación del paisaje y del suelo de
forma permanente, la presencia de partículas en el aire y contaminación sonora.
2) La utilización y contaminación de grandes cantidades de agua en zonas en las
que generalmente hay escasez de esta. 3) La exposición prolongada en el tiempo
de las poblaciones aledañas a las sustancias químicas utilizadas, que implica
mayor riesgo de enfermedades crónicas respiratorias, cáncer de pulmón,
enfermedades renales, de la sangre y de la piel, entre otras. A la exposición
crónica se suma la exposición aguda, producto de "accidentes" como
derrames, accidentes de transporte, rotura de caños, o emisiones de los diques
de cola, que producen trastornos cardiovasculares, respiratorios y del sistema
nervioso central, entre otros.
“La megaminería genera desarrollo, empleo y diversificación
de la economía regional”. Falso. En los últimos 22 años (OEDE, 2018), la
minería ha generado solamente el 1,15 por ciento del empleo total (en
comparación con el 5,9 por ciento de la ganadería, agricultura y silvicultura).
La megaminería también tiende a destruir el empleo al tener un impacto negativo
en otras actividades locales, aumentando también los niveles de pobreza. A su
vez, las explotaciones de minas y canteras aportaron sólo el 2,95 por ciento
del Valor Bruto de Producción total en Argentina desde el 2004 hasta el 2018 y,
dentro de estas, la megaminería incidió en solo 0,49 por ciento (en comparación
con el 6,95 por ciento que aportó la ganadería, agricultura, caza y
silvicultura; según los informes del INDEC, 2019).
“Quienes critican a
la megaminería no plantean alternativas de desarrollo local”. Falso. Se han ido
construyendo diferentes alternativas de desarrollo local de acuerdo a las
particularidades de cada región. Un ejemplo es la promoción de actividades
preexistentes (como la vitivinicultura, olivicultura, fruticultura, turismo,
etc.) con una perspectiva agroecológica o en consonancia con el ambiente y las
necesidades de las comunidades locales. Estas actividades tienen una alta
potencialidad para desarrollarse en los territorios y contribuir a su
diversificación productiva. Lo mismo ha ocurrido con la propuesta de las
energías renovables, por parte de poblaciones que se enfrentan al fracking, o
la agroecología, que se impulsa en simultáneo a las luchas contra los impactos
socioambientales del agronegocio.
En síntesis, las experiencias históricas y las evidencias
científicas disponibles llevan a la conclusión inequívoca de que la megaminería
(al igual que otras actividades extractivas) atenta gravemente contra la salud
y el ambiente de las sociedades donde se instala. Por esto, el objeto del
debate no debería ser el modo de habilitar la megaminería allí donde está
prohibida, sino la necesidad de extender la salvaguarda de la prohibición de
esta explotación a todo país. Para esto, es fundamental involucrar al conjunto
de nuestro pueblo en las decisiones políticas relativas tanto al desarrollo de
la megaminería como de cualquier otra actividad contaminante.
(1) Dr. en Biología. iB3-Dpto. de Fisiología y Biología
Molecular y Celular-UBA, Investigador de CONICET
(2) Lic. en Psicología. Unidad de Neurobiología Aplicada,
CEMIC, Becario de CONICET
(3) Dr en Sociología. CENIT-UNSAM, Investigadora de CONICET
(4) Dr en Biología. Instituto de Fisiología, Biología
Molecular y Neurociencias-UBA,Investigador de CONICET
(5) Dr. en Cs. Sociales. Instituto de Investigaciones Gino
Germani-UBA, Investigador de CONICET
(6) Dra. en Economía. IICE-UBA. Investigadora de CONICET
Fuente: Página 12